Ley Robles
24 de agosto de 2000
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó cambios en materia de aborto en el entonces Código Penal para el Distrito Federal a partir de una iniciativa que presentó la jefa de Gobierno Rosario Robles (de ahí que se le conozca como “Ley Robles”). Los cambios consistieron en agregar dos nuevas causales para permitir el aborto: cuando está en riesgo la salud de la mujer embarazada y cuando el producto de la concepción presenta alteraciones congénitas o genéticas.
25 de septiembre de 2000
La Acción de Inconstitucionalidad 10/2000 (cuyo proyecto de resolución estuvo a cargo de la ministra Olga Sánchez Cordero) fue presentada por diputados de los partidos Acción Nacional y Verde Ecologista de la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal. En ella se impugnó la fracción III del artículo 334 del Código Penal para el Distrito Federal, que establecía como causa de no punibilidad para el delito de aborto el hecho de que se realizara cuando existieran alteraciones genéticas o congénitas en el producto de la concepción. También se impugnó la adición del artículo 131 bis al Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, que señalaba que el ministerio público podía autorizar el aborto en los casos en que el embarazo fuera resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida.
30 de enero de 2002
El Pleno de la SCJN —por mayoría de votos— resolvió confirmar la constitucionalidad de la fracción III del artículo 334 del Código Penal para el Distrito Federal por tratarse de una excusa absolutoria. Esta determinación de la Corte implicó la obligación de que las autoridades no impusieran sanciones a quienes decidieran interrumpir su embarazo por la causa señalada.