Aborto en datos

Ilustración de una persona que está sobre un cohete hecho de papel. Da clic para redirigirte a la sección 'Aborto en datos'.

En este micrositio encontrarás datos numéricos sobre el aborto inducido por voluntad de la mujer o persona gestante (también llamado interrupción legal del embarazo o ILE, por sus siglas) en las entidades federativas en las que el aborto está despenalizado —al menos en un periodo cercano a la gestación— y en las instituciones de salud federales. Además, podrás consultar el indicador de desagregación, que es una herramienta creada por GIRE para monitorear y evaluar la calidad de la información sobre los servicios de aborto que proveen las instituciones de salud pública (con datos recabados a partir de solicitudes de acceso a la información). Esta herramienta se actualiza cada cuatro meses.

El aborto y el acceso a la información
Ilustración de una mujer que está haciendo pliegues a una hoja de papel que tiene forma de un avión

¿Qué es el aborto?

El aborto es la interrupción del embarazo, ya sea de forma espontánea (cuando sucede sin ningún tipo de intervención o maniobra) o inducida (la pérdida intencionada de un embarazo a través de un procedimiento médico o quirúrgico). La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha destacado que el aborto es un servicio de salud esencial para todas las mujeres y personas gestantes. Esto quiere decir que su atención debe garantizarse de forma integral (asegurando el suministro de información y la atención durante y después del aborto) y con calidad (de forma eficaz, eficiente, accesible, segura, centrada en la persona usuaria y con igualdad de trato). Atender el aborto en estas condiciones es indispensable para garantizar el pleno goce de los derechos vinculados a este servicio, como el derecho a la salud, a la autonomía reproductiva y a la igualdad y no discriminación.

Además de ser un tema fundamental de justicia reproductiva, el aborto es un asunto de salud pública y de justicia social. Se trata de un servicio al que deben tener acceso todas las mujeres y personas gestantes, por lo que es necesario eliminar los obstáculos existentes en contextos específicos de desigualdad estructural. Asimismo, debe cumplir con los estándares clínicos más actualizados y avalados por la comunidad científica internacional, como los descritos en la versión más reciente de las Directrices sobre la atención para el aborto de la OMS.

¿Cómo se relaciona el aborto con el acceso a la información y la transparencia?

El acceso a la información es un derecho humano que incluye investigar, solicitar, recibir y difundir información generada, administrada o en posesión de autoridades públicas. Este derecho garantiza que las personas conozcan la información de manera activa —mediante la investigación— o pasiva —cuando la reciben— para formarse una opinión sobre su contexto y hacer planes de vida en función de ello. En relación con la atención del aborto, el hecho de que las mujeres y personas gestantes reciban información científica y basada en un marco de derechos humanos es una condición indispensable para que puedan ejercer su autonomía reproductiva. Por ello, la OMS considera que se trata de uno de los servicios clínicos básicos para la atención del aborto.

Por otra parte, el acceso a la información garantiza la transparencia y rendición de cuentas por parte de las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones y obligaciones. La posibilidad de tener acceso a esta información permite monitorear el desempeño de las políticas públicas implementadas para garantizar el acceso a servicios de salud básicos, como el aborto. Además, permite identificar si el servicio se ofrece de acuerdo con los estándares internacionales clínicos y de derechos humanos. La OMS reconoce que contar con mecanismos accesibles para monitorear los servicios de aborto (a partir de la información pública disponible) favorece que su atención se brinde en entornos seguros y que el servicio se preste con calidad.

 

El aborto en contextos despenalizados

En México se denomina interrupción legal del embarazo (ILE) al aborto que se realiza a petición de la mujer o persona gestante —en ejercicio de su autonomía reproductiva— y que se lleva a cabo dentro del periodo permitido por la normativa vigente. Aunque han pasado casi noventa años desde que iniciaron las exigencias feministas para despenalizar el aborto en México, el avance en materia legal y de políticas públicas es aún insuficiente; a pesar de que se trata de un servicio de salud, se sigue regulando en los códigos penales. Hasta septiembre de 2024, el aborto se ha despenalizado en las siguientes entidades federativas: Ciudad de México (2007), Oaxaca (2019), Hidalgo (2021), Veracruz (2021), Coahuila (2021), Baja California (2021), Colima (2021), Sinaloa (2022), Guerrero (2022), Baja California Sur (2022), Quintana Roo (2022) y Puebla (2024).

En el Código Penal Federal (CPF) y Yucatán, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los congresos derogar los artículos que criminalizaban el aborto de manera absoluta. En 2024, en Jalisco, Nayarit y Zacatecas, tribunales colegiados ordenaron a los congresos locales derogar el delito de aborto autoprocurado y consentido. Sigue pendiente que los congresos den cumplimiento y acaten la resolución de la SCJN y de los tribunales colegiados.

En el caso de Aguascalientes, el 30 de agosto de 2023 la SCJN resolvió el Amparo en Revisión 79/2023 en el que ordenó derogar el delito de aborto autoprocurado. En diciembre de 2023 se dio cumplimiento a esta resolución y se despenalizó el aborto hasta la semana 12.6 de gestación. Sin embargo, en agosto de 2024, de manera desafortunada, el congreso local votó por reducir la despenalización a solo seis semanas; lo cual, en realidad, se trata de una prohibición disfrazada.

De las entidades en las que se ha despenalizado el aborto en México, solo en ocho (Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Colima, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca y Sinaloa) se ha incorporado la regulación de la interrupción del embarazo en las leyes locales de salud. A su vez, solo la Ciudad de México, Guerrero, Oaxaca y Veracruz han diseñado y publicado un programa para la atención del aborto. Estos programas se diseñaron como herramientas de política pública que reglamentan la provisión de servicios de aborto con el fin de garantizar su calidad y atención integral. Además, en noviembre de 2022, el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva (CNEGSR) publicó el Lineamiento Técnico para la Atención del Aborto Seguro en México, el cual indica, a escala federal, los criterios básicos para la atención del aborto de forma integral, con perspectiva de género y conforme a los derechos humanos.

Hasta ahora, solamente el Programa ILE de la Ciudad de México contempla un seguimiento estadístico de los servicios prestados. Este seguimiento es relevante, ya que la información que desagrega permite analizar tanto la calidad en la atención del aborto como el perfil sociodemográfico de las personas usuarias. La información sistematizada y pública de los servicios de salud de la entidad se actualiza de forma periódica en un resumen estadístico en la página Interrupción Legal del Embarazo, y como datos abiertos en el portal de datos abiertos.

Existe una herramienta que permite que el personal de salud de cualquier entidad en la que se haya despenalizado el aborto registre los abortos inducidos. Se trata del Sistema de Información en Salud (SIS). En la “Nota técnica N.º 4: Registro de la información en la atención del aborto seguro” y en la capacitación “Registro y codificación de la atención a la violación sexual incluyendo (IVE)”, del Centro Mexicano para la Clasificación de Enfermedades (Cemece), se especifica el procedimiento para registrar este tipo de abortos. Los datos registrados están disponibles en los cubos dinámicos de comorbilidades de los egresos hospitalarios, que constituyen una herramienta de consulta y construcción de información en salud.

El manejo adecuado de esta herramienta permitiría contar con información estadística comparable entre entidades federativas, así como conocer la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de la atención del aborto inducido. Cuando GIRE consultó la base de datos, advirtió que la información no está siendo recolectada de forma satisfactoria. Ello podría deberse al desconocimiento de la herramienta o del método de registro.

Además de los posibles obstáculos en el registro de la información, acceder a ella, una vez publicada, resulta complejo. En primer lugar, para visualizar los cubos dinámicos de egresos hospitalarios es necesario instalar programas adicionales en los navegadores de internet. En segundo lugar, para analizarlos se requiere contar con conocimiento técnico y especializado en el tema, ya que el aborto inducido está codificado de acuerdo con la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-10). Los únicos dos documentos donde es posible identificar dicha información son la capacitación y la nota técnica mencionadas.

La información estadística disponible sobre los abortos inducidos sirve para conocer si el servicio se lleva a cabo y en qué condiciones, así como para identificar si existe una alta demanda por parte de las personas que podrían requerir atención especializada, como las personas gestantes indígenas, con discapacidad, migrantes y con identidad de género no normativa (trans, no binaries, género fluido o agénero, entre otras). Dada la falta de información estadística sobre estas poblaciones, no es posible identificar este tipo de necesidades de forma particular para cada entidad o unidad hospitalaria.

 

Metodología

Con la finalidad de obtener la información requerida para este micrositio, GIRE envía —con una frecuencia cuatrimestral— solicitudes de acceso a la información tanto a las secretarías y servicios de salud de las entidades federativas en las que se ha despenalizado el aborto, pero que no publican información estadística al respecto, como a las instituciones de salud federales. En estas solicitudes se pide información relacionada con las personas que han accedido al servicio de aborto voluntario, así como sobre el total de abortos llevados a cabo.

La información se solicita desagregada por persona usuaria y después se sistematiza en tres categorías: una categoría médica, que comprende la información mínima necesaria para confirmar que se cumplan las Directrices sobre la atención para el aborto de la OMS, con el fin de garantizar que la atención sea segura e integral; una segunda categoría, con información relativa a los distintos grupos de la población que, por sus características específicas, requieren de la aplicación o seguimiento de un conjunto de reglas diferenciadas para garantizar el pleno goce de su autonomía reproductiva; y, finalmente, una tercera categoría que incluye información importante para diseñar políticas públicas que amplíen y garanticen la prestación del servicio, aunque ello no sea relevante para proveer la atención del aborto. Los datos solicitados son los siguientes:

 

Categoría médica

Esta categoría comprende la información mínima necesaria para confirmar que se cumplan las Directrices sobre la atención para el aborto de la OMS, con el fin de garantizar que la atención sea segura e integral.

Semana de gestación

La semana de gestación se refiere al tiempo transcurrido desde que se implantó el embrión (cuando se adhirió a la pared del endometrio) hasta la fecha de solicitud o provisión del servicio. Puede medirse de dos formas: si se trata de una persona con ciclos menstruales regulares, se cuenta el número de semanas desde el último periodo menstrual; por otro lado, si la persona tiene ciclos irregulares o no recuerda la fecha de su último periodo menstrual, la semana de gestación se determina en función del tamaño del útero.

Conocer la semana de gestación en que se encuentran las usuarias que solicitan y acceden a servicios de interrupción del embarazo es indispensable para garantizar que esta se realice de forma segura y de acuerdo con los parámetros clínicos más actualizados, ya que en cada procedimiento se deben seguir recomendaciones específicas en función de la edad gestacional. Como mínimo, la información debería especificar si la edad gestacional es inferior a 12 semanas, si se encuentra entre las 12 y las 15 semanas o si es superior a 15.

Método

El método del aborto se refiere al procedimiento mediante el cual se interrumpe un embarazo. En términos generales, existen dos tipos de métodos seguros: médicos y quirúrgicos. En el primero se usan fármacos (medicinas orales) que pueden ser administrados, con la debida asesoría, por la persona usuaria. En el segundo se requiere de personal de salud preparado para realizar los procedimientos. Suelen ser métodos como la aspiración manual endouterina (AMEU) o la dilatación y evacuación (D&E).

Conocer el método a través del cual se brinda el servicio de aborto permite saber si los servicios de salud se apegan a los estándares clínicos internacionales. El lineamiento de la OMS no recomienda algunos métodos, como el legrado uterino instrumentado (LUI); sin embargo, este se sigue practicando en la mayoría de los servicios de salud de las entidades federativas.

Edad

La edad no debe de ser un criterio que limite el acceso al servicio de aborto, sobre todo en el caso de niñas y adolescentes, que es un grupo que, en México, enfrenta altos índices de violencia sexual. De acuerdo con el CNEGSR, en 2022, 87.17 % de los embarazos en niñas y adolescentes de entre 10 y 19 años fueron consecuencia de una violación sexual. Además, el Lineamiento Técnico para la Atención del Aborto Seguro en México señala que la disponibilidad de servicios de aborto amigables, integrales, de calidad y oportunos es fundamental para que las niñas y adolescentes tomen decisiones libres e informadas sobre su sexualidad y su vida reproductiva. A pesar de ello, algunas personas que prestan el servicio aún imponen obstáculos injustificados para atender a ciertas personas usuarias a causa de su edad.

Es necesario erradicar los estigmas relacionados con la edad y garantizar entornos que promuevan la toma de decisiones libres, consentidas e informadas, sobre todo en los casos en los que el embarazo se considera de alto riesgo por razón de edad. Como mínimo, la información recabada debería de identificar si la persona tiene menos de 15 años, si está entre los 15 y los 19 años o si tiene más de 19 años.

Unidad de atención a la salud

En México existen factores que provocan diferencias en la calidad de los servicios de salud ofrecidos en las unidades hospitalarias de una misma entidad federativa, como el acceso a recursos, la disponibilidad de personal de salud y la ubicación geográfica.

Al identificar las unidades hospitalarias en las que se proporcionan servicios de aborto, es posible monitorear en cuáles sí se llevan a cabo, en cuáles no y cuáles atienden una mayor proporción de los abortos inducidos en cada entidad. Ello, entre otras cosas, puede contribuir a una mejor asignación de recursos materiales, humanos y financieros.

Información relativa a los grupos poblacionales

Ofrece información relativa a los grupos poblacionales que requieren protocolos de atención especiales para garantizar el pleno goce de su autonomía reproductiva.

Pertenencia a una comunidad indígena

La población indígena gestante en México enfrenta situaciones de violencia grave y sistemática que le impiden acceder a servicios de salud reproductiva seguros y de calidad. Los estados con mayor población indígena suelen ser aquellos que carecen en mayor medida de servicios de salud.

Es necesario saber si las personas indígenas acceden al servicio de aborto, no solo para corroborar el alcance del servicio en las entidades federativas, sino también para evaluar la necesidad de implementar protocolos o reglas específicas con perspectiva intercultural (es decir, con una visión de respeto hacia las distintas comunidades indígenas) que garanticen el ejercicio de la autonomía reproductiva en cada comunidad. Ejemplo de ello sería asegurar la presencia de intérpretes de distintas lenguas indígenas en las unidades de atención a la salud.

Discapacidad

En la mayoría de las instituciones de salud locales y federales no se cuenta con personal capacitado para atender a las personas con discapacidad, quienes enfrentan situaciones sistemáticas de violencia y discriminación en el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva. Aunado a ello, persisten prejuicios sociales y normas que sostienen la creencia de que las personas con discapacidad no deberían reproducirse —en específico aquellas con discapacidad psicosocial o intelectual—, lo cual contribuye a que se les impida ejercer sus derechos sexuales y reproductivos.

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ha recomendado a México recopilar datos y estadísticas sobre la situación de las mujeres y niñas con discapacidad a través de indicadores con los que se pueda evaluar la discriminación interseccional. Conocer cuántas personas con discapacidad acceden a los servicios de aborto inducido en el país permitiría implementar sistemas de apoyo y ajustes razonables que les posibiliten tomar decisiones informadas y con apego a los derechos humanos.

Identidad de género

Cerca de seis de cada diez personas con orientación y/o identidad de género LGBTI+ en México consideran que sus derechos son poco o nada respetados.

Para garantizar que los servicios de aborto se ofrezcan con calidad y sin discriminación a personas gestantes trans, agénero, no binaries o de género fluido, es necesario conocer su volumen poblacional, así como su distribución geográfica. Esto permitirá identificar barreras estructurales, establecer e implementar protocolos de atención que garanticen su derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la salud y a la privacidad, así como asegurar que los servicios se presten sin discriminación por parte del personal de salud.

Migración o condición de movilidad

México forma parte del corredor migratorio más grande del mundo. Las personas migrantes o en situaciones de movilidad no solo suelen provenir de contextos violentos, sino que además sufren situaciones de violencia y discriminación de forma constante en su paso por el país, inclusive al acceder a servicios de salud como el de aborto. El artículo 8 de la Ley de Migración en México establece que las personas migrantes tienen derecho a recibir cualquier tipo de atención médica por parte de los sectores público y privado, sin importar su situación migratoria. Sin embargo, los obstáculos que enfrentan para acceder a dichos servicios han sido documentados de forma extensa.

Conocer la nacionalidad o el estatus migratorio de quienes acceden a los servicios de aborto en México contribuiría a identificar si las personas migrantes están siendo atendidas y en dónde, con el fin de prevenir y atender los obstáculos más comunes y las situaciones estructurales de discriminación.

Información importante para diseñar políticas públicas

Esta información no es relevante para la atención del aborto, pero sí lo es para diseñar políticas públicas que amplíen y garanticen la prestación del servicio.

Residencia

En México, la despenalización del aborto se ha llevado a cabo a través de la modificación de los códigos penales locales (ya sea por la vía legislativa o por la vía judicial). Esto implica que las personas gestantes que residen en entidades federativas donde el aborto voluntario aún está penalizado no pueden acceder al servicio en las instituciones de salud pública ni privada de su entidad (excepto en los casos descritos en las causales de no punibilidad o exclusión de responsabilidad de cada código vigente). Aunado a esto, tanto el personal de salud, como las personas que auxilian y quienes realizan un aborto, así como las que son acusadas de inducirlo, corren el riesgo de ser criminalizadas por ese delito. Por ello, es común que las mujeres o personas gestantes que buscan acceder a abortos voluntarios se desplacen a entidades en las que la práctica está despenalizada.

Conocer la residencia de las personas usuarias del servicio de aborto permitiría identificar la magnitud de este fenómeno, así como garantizar la asignación correcta de recursos y visibilizar la importancia de que la normativa sobre aborto en México se armonice según sus más altos estándares.

Derechohabiencia o adscripción a servicios de salud

En México, el acceso a los servicios de salud es diferente para los distintos sectores de la población: las personas que trabajan en el sector formal cuentan con servicios de salud de instituciones de seguridad social como el IMSS o el ISSSTE, mientras que las personas que trabajan en el sector informal solo tienen acceso a los servicios de salud de las secretarías de salud locales, del IMSS-Bienestar o del sector privado.

Conocer si las personas cuentan o no con afiliación a servicios de salud es fundamental para determinar el alcance del servicio de aborto. Además, permite identificar si las instituciones prestan los servicios de salud de acuerdo con la normativa vigente y si lo hacen de forma equitativa con la población que atienden.

Datos estadísticos

En esta sección encontrarás información estadística correspondiente a cada una de las entidades federativas donde el aborto voluntario y consentido está despenalizado, al menos en un periodo cercano a la gestación. La información de la Ciudad de México está disponible en la sección de estadísticas de la página Interrupción Legal del Embarazo y se actualiza de forma mensual, salvo en los casos en que las bases de datos están en revisión. En el portal de datos abiertos de la Ciudad de México se encuentra información actualizada hasta el primer semestre de 2022. Las visualizaciones se basan en la información mínima necesaria para proveer un aborto seguro en México, con protocolos especializados para las personas en situación de mayor vulnerabilidad. La disponibilidad de datos y visualizaciones depende directamente de la información proporcionada por cada una de las unidades de transparencia de las entidades federativas.

En el caso de Aguascalientes, se recopilaron datos desde la despenalización en diciembre de 2023, sin embargo, en agosto de 2024, el Congreso local redujo el plazo de doce a seis semanas. GIRE considera que se trata de una penalización de facto, por lo que en el mapa la entidad aparece en color rosa. Puedes acceder aquí a los datos del periodo despenalizado.

Entidades federativas en las que el aborto consentido está despenalizado.

Mapa: GIRE. Información actualizada hasta septiembre de 2024.

¿Cómo se registra y transparenta la información? Indicador de desagregación

Para monitorear de forma adecuada la accesibilidad del servicio, las estadísticas deben contemplar datos específicos sobre la atención del aborto y sobre las personas usuarias. En este sentido, las preguntas enviadas mediante las solicitudes de acceso a la información tienen dos objetivos: primero, conocer, de acuerdo con las respuestas de los sujetos obligados, qué personas están accediendo al servicio, en dónde y a través de qué métodos; en segundo lugar, identificar aquellas instituciones de salud locales y federales que no cuentan con los registros necesarios para obtener esta información. A partir de ello, en esta sección se presenta el indicador de desagregación propuesto por GIRE. Su objetivo es, a partir de un puntaje, resumir la manera en que las instituciones de salud proveen la información y con qué nivel de desagregación lo hacen.

El primer paso para el diseño del indicador fue clasificar los niveles de desagregación de cada institución. El orden de importancia asignado a cada nivel se vincula con su relevancia para evaluar el acceso a un servicio de aborto integral y seguro. Así, se desarrolló un modelo de puntajes en el que se indica la desagregación, la clasificación y el puntaje asignado al registro de la información proporcionada. Cuando las instituciones no tienen registros, o bien otorgan información incorrecta, reciben un puntaje negativo de -5.

Los puntajes se dividieron en tres categorías y el puntaje asignado a cada entidad corresponde al mes en el que entregaron la información. En primer lugar, el nivel de desagregación temporal; en este caso, las entidades que entregan la información desagregada por día y por mes reciben una mejor puntuación, seguidas de las que solo entregan el acumulado anual. Por su parte, las que únicamente reportan el número total abortos realizados no tienen puntaje. La segunda categoría se basa en las Directrices sobre la atención para el aborto de la OMS y en la experiencia de GIRE, y corresponde a las variables mínimas necesarias para evaluar el acceso a servicios de aborto seguro según los siguientes criterios: la semana de gestación, la edad, el método de interrupción, la unidad hospitalaria, si la persona usuaria tiene una discapacidad, su identidad de género, si pertenece a alguna comunidad indígena y/o si es persona migrante o en situación de movilidad. Cada criterio recibe la misma puntuación, pero de forma positiva o negativa, en función de si se registra o no. Finalmente, la tercera categoría incluye variables que no son necesarias para perfilar la atención a las usuarias, pero que tienen importancia estadística y sirven para implementar políticas públicas: si cuentan con afiliación a la seguridad social y cuál es su lugar de residencia. Estas variables reciben cada una el mismo puntaje cuando son registradas y, si no se registran, no reciben puntaje.

Indicador de desagregación

Modelo de puntajes en el que se indica la desagregación, la clasificación y el puntaje asignado al registro de la información proporcionada.

Categoría

Puntaje otorgado

Categoría 1

Temporal

 

 

Acumulado diario:
Acumulado mensual:
Acumulado anual:
Acumulado total:

+ 3 puntos
+ 2 puntos
+ 1 punto
+ 0 puntos

Categoría 2

Mínimas necesarias

 

 

  • Semana de gestación
  • Edad
  • Método
  • Unidad hospitalaria
  • Discapacidad
  • Identidad de género
  • Persona indígena
  • Persona migrante

+0.5 puntos por cada uno que tengan
-0.5 por cada uno que no tengan

Categoría 3

Importancia estadística y de política pública

 

 

  • Adscripción a seguridad social
  • Entidad de residencia

+ 1 punto por cada uno que tengan

Una vez definida la puntuación por categoría, se suman para calcular el puntaje total para cada entidad federativa. El puntaje mínimo es -5 y el máximo es 9. Con base en ello, los puntajes se normalizan; es decir, el mínimo equivale a 0 y el máximo a 10, de forma tal que las demás puntuaciones quedan distribuidas en dicho rango. La visualización de los resultados contempla la evolución temporal de la información entregada por cada entidad con el objetivo de observar si esta mejora o empeora con el paso del tiempo.

¿Cómo desagregan la información sobre aborto inducido?

Calificación de 0 a 10 puntos

Descarga los datos aquí.

0 a 2.5
2.51 a 5
5.01 a 7.5
7.51 a 9
Mayor a 9
Fecha de solicitud Primer cuatrimestre de 2023 Segundo cuatrimestre de 2023 Tercer cuatrimestre de 2023 Primer cuatrimestre de 2024
Aguascalientes NA NA 0,8 9,3
Baja California 9 9 9 9,3
Baja California Sur 9,8 10 9 8,6
Coahuila 7,8 0 0 10
Colima 9,2 9,8 8,8 7,1
Guerrero 1,8 3,8 0 0
Hidalgo 6,8 6 4,5 10
Oaxaca 7,2 6,5 7 6,4
Quintana Roo 0 2 9 7,9
Sinaloa 6 6 6 2,9
Veracruz 6,5 6,5 5,2 7,1
Los recuadros en blanco corresponden a los meses en los que aún no se despenalizaba el aborto. Elaborado por GIRE mediante datos obtenidos por solicitudes de acceso a la información (SAI).