Cómo se vive la criminalización

Ilustración de una mujer que está enmedio de una hoja de papel doblada, apartándose de bolas de papel que caen

¿Qué puedo encontrar en este micrositio?

En este micrositio encontrarás información sobre las diversas formas en que se manifiesta la criminalización del aborto. Se abordan los estigmas que persisten en los entornos de atención médica —resultado de marcos normativos, prácticas institucionales y contextos socioculturales— y se explica cómo es que la inclusión del aborto en los códigos penales impacta en la vida de las mujeres y personas gestantes.

A partir del análisis de casos acompañados por GIRE, se muestra que esta criminalización no se limita a la apertura de carpetas de investigación ni al sistema de justicia penal. Aquí, podrás explorar cómo el considerar al aborto como un delito, incluso cuando no deriva en procesos penales formales, produce repercusiones sociales, institucionales y comunitarias que obstaculizan el acceso a la salud, refuerzan prejuicios y generan prácticas discriminatorias.

Además, se presentan las distintas formas de criminalización, tanto directas como indirectas, y los mecanismos mediante los que el estigma se transforma en vigilancia, produce miedo e impone barreras estructurales para el ejercicio de derechos.

Metodología

Ilustración de una mujer que está a un lado de dos hojas de papel arrugadas formando una bolaEste estudio se basó en expedientes de casos de mujeres acompañadas por GIRE, en particular en las notas registradas por las personas acompañantes desde el inicio hasta el cierre de cada caso. A partir de un análisis cualitativo de estos materiales, se identificaron patrones y dinámicas recurrentes que evidencian cómo operan la criminalización y el estigma dentro de los servicios de salud.

Con el apoyo de un software de análisis cualitativo, se elaboró un listado inicial de observaciones que, a medida que avanzaba el proceso, permitió identificar temas emergentes. Esto hizo posible identificar las prácticas relacionadas con la criminalización que se desarrollan más adelante —la imposición de los hechos, la negligencia médica, el mantener en estado de incertidumbre, la distorsión de la información clínica, la activación de procesos penales y las vulneraciones al debido proceso—, así como los fenómenos de creación de culpa y creación de defensa.

En conjunto, estos hallazgos permitieron definir lo que GIRE denomina protocolo de criminalización, es decir, dinámicas institucionales, articuladas a partir del estigma del delito de aborto, que afectan tanto a las personas usuarias como a sus acompañantes. Este enfoque no solo permitió comprobar que el estigma se refleja en prácticas concretas en la atención médica, con impactos directos en quienes acuden a los servicios de salud; puso también en evidencia un fenómeno más amplio de criminalización social.

Si bien, debido a las características de los casos revisados, los servicios de atención médica aparecen como los escenarios donde estas prácticas se observan, debe reconocerse que no son los únicos ámbitos en los que se reproducen. El hogar, la familia y la comunidad también son entornos en los que persisten formas de juicio, control y discriminación que refuerzan y perpetúan estos patrones.

En otros países de Latinoamérica se han desarrollado investigaciones con un enfoque similar al que aquí se presenta; por ejemplo, La crueldad hecha rutina: Criminalización del aborto en Perú, 2012-2022, La criminalización por aborto y otros eventos obstétricos en la Argentina, La criminalización del aborto en Colombia, y Del hospital a la cárcel. Consecuencias para las mujeres por la penalización sin excepciones de la interrupción del embarazo en El Salvador, 1998-2019. Así, este estudio se inscribe en un esfuerzo regional por documentar la criminalización del aborto, y muestra que los patrones aquí identificados no son excepcionales, sino fenómenos que se repiten de manera consistente en distintos contextos latinoamericanos.

El estigma y el acceso al aborto

Ilustración de una persona médica que tiene una expresión pensativa Cuando el estigma se apodera de ti, tu mirada cambia sin que te des cuenta. Entras a la consulta con la bata bien puesta y años de formación detrás, pero algo más —que no proviene de los libros de medicina— se cuela en tus decisiones. La sola presencia del aborto en los códigos penales actúa como una sombra difusa y persistente, capaz de modificar las prácticas médicas sin necesidad de un expediente legal de por medio o en miras de hacerlo.

De pronto, la práctica médica ya no se limita al cuidado, el acompañamiento y el criterio clínico, sino que se mezcla con temores, prejuicios y dudas que aprendiste a asumir. Así, el estigma transforma una necesidad de salud —el aborto— en un terreno de culpa y sospecha. Hace que preguntes distinto, que dudes más, que adoptes una actitud de vigilancia constante, aun en los espacios donde el aborto está permitido.

Ni siquiera hace falta que exista una carpeta de investigación; el solo hecho de que el aborto figure como delito contamina la consulta, altera la relación con las personas que buscan atención y erosiona la confianza que debería guiar cada decisión clínica. Cuando el estigma se instala en la práctica médica afecta a quienes necesitan del servicio y también trastoca la manera en que el personal de salud entiende su propio deber de cuidar.

¿Cómo se relaciona el estigma con la tipificación del aborto en el código penal?

El estigma no comienza cuando se abre una carpeta de investigación —es decir, cuando se hace una acusación formal ante una institución de justicia—, sino mucho antes.

Surge de la manera en que la ley, en particular la regulación penal, define el aborto y establece condiciones para su acceso. Si bien en México el aborto está despenalizado en tres cuartas partes del país, esto se limita a cierto número de semanas o a causales específicas, y si la persona que aborta no cumple con los criterios vigentes en su entidad —aunque su necesidad de atención médica sea la misma— la ley sanciona su decisión. Esa frontera legal, difusa y muchas veces desconocida para quienes buscan atención, genera miedo, duda y autocensura.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017[1], reconoció que prohibir el aborto de manera absoluta vulnera los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes. En su sentencia, explicó que la penalización total del aborto voluntario anula el derecho a decidir, el cual comprende desde la educación sexual integral hasta la posibilidad de continuar con un embarazo o interrumpirlo en las mejores condiciones disponibles.

Cuando el aborto se considera como un delito antes que como un servicio de salud esencial, los efectos de la criminalización se manifiestan de forma anticipada. Las consecuencias de incluirlo en la normativa penal se manifiestan aun cuando no existe un proceso jurídico formal. Estos efectos pueden reconocerse, por ejemplo, cuando una persona llega a un hospital y teme ser juzgada, denunciada o interrogada; cuando un profesional de salud duda sobre brindar una atención completa por miedo a involucrarse en un delito o cuando el simple hecho de pedir información sobre el servicio se vive como un riesgo.

De esta manera, el estigma que deriva del marco penal se convierte en una barrera para acceder al aborto, pues interviene en la atención desde antes de que se lleve a cabo una valoración clínica. En la siguiente sección se abordan los componentes del estigma: la manera en que se construye, se reproduce en instituciones y comunidades y moldea la experiencia de quienes buscan ejercer su derecho a la salud reproductiva.

¿Cómo se ve el estigma sobre el aborto en los servicios médicos?

El estigma no tiene rostro; se expresa en las acciones, decisiones y juicios de valor del personal de salud[2] frente a las personas a las que brinda atención. En los casos analizados por GIRE se identificaron distintos tipos de prácticas que no siempre derivan en la apertura de una carpeta de investigación, pero que sí convierten la atención médica en un espacio de persecución y criminalización. Acciones como imponer una versión de los hechos, incurrir en negligencia médica, mantener a la persona usuaria en un estado de incertidumbre o distorsionar la información clínica conforman lo que GIRE llama la criminalización simbólica; se trata de prácticas que no tienen consecuencias legales directas, pero que provocan profundos sentimientos de culpa, vigilancia y desprotección. Por otro lado, el inicio de un proceso judicial y las vulneraciones al debido proceso constituyen la criminalización penal, que es el rostro más contundente de la persecución institucional.

En esta sección podrás entender cómo se manifiestan estas formas de criminalización en los servicios médicos. Para ilustrarlo, encontrarás una bola de papel con distintos puntos interactivos que representan los diversos tipos de criminalización que se identificaron en los casos analizados. Al dar clic en cada tira de papel, podrás ver ejemplos de criminalización simbólica y penal, así como reconstrucciones de testimonios que muestran cómo se viven estas experiencias.

El protocolo de criminalización

Cuando el estigma permea la práctica médica, surge lo que GIRE denomina protocolo de criminalización: un conjunto de acciones y decisiones que, en lugar de contribuir a brindar atención conforme a los lineamientos clínicos adecuados, parecen priorizar la vigilancia y la interpretación de ciertas conductas como potencialmente delictivas. En este contexto, la sospecha de que se llevó a cabo un aborto inducido puede desencadenar una serie de consecuencias negativas que afectan la calidad de la atención, así como la dignidad y los derechos de la persona usuaria. Se habla de un protocolo porque, aunque estas prácticas no están formalizadas en manuales, se repiten de manera sistemática en los casos analizados y parecen configurar un patrón reconocible.

Ilustración de una hoja de papel arrugada que tiene el texto "protocolo médico"

¿Cómo inicia el protocolo?

Las personas acuden a los servicios médicos en busca de atención por sangrado excesivo, dolor, contracciones, fiebre o vómito. Algunas han realizado un aborto inducido —por ejemplo, mediante el uso de misoprostol— y otras atraviesan un aborto espontáneo. Durante la evaluación clínica, la presunción sobre la posible inducción del aborto puede convertirse en el punto de inicio del protocolo de criminalización. En ese caso, la atención médica se ve mediada por supuestos de culpabilidad.

A partir de esta sospecha, la persona usuaria empieza a ser tratada como si estuviera involucrada en una conducta delictiva. Se construye lo que podría denominarse una “verdad médica”, que se impone sobre el relato de lo que llevó a la persona usuaria a acudir al hospital. Esto activa una serie de prácticas como las siguientes:

  • imponer los hechos
  • incurrir en negligencia médica
  • mantener a la persona usuaria y a su entorno en un estado de incertidumbre que genera confusión, angustia y miedo
  • alterar o distorsionar de la información clínica (como aumentar las semanas de gestación del producto en el expediente)

En algunos casos más extremos, se hacen acusaciones por otros delitos, como infanticidio, aun si no se ha abierto una carpeta de investigación. Todo este proceso forma parte de lo que GIRE denomina creación de culpa, ya que la recopilación de indicios y la interpretación de los hechos médicos dejan de orientarse a la atención de la salud de la persona usuaria y tienden más hacia la construcción de una narrativa delictiva. El estigma asociado al aborto influye en que lo que comunica la persona usuaria deje de recibirse como una necesidad de atención médica y se convierta en posible evidencia de culpabilidad. Bajo este enfoque, se refuerza la idea de que se ha cometido un delito y, en consecuencia, la causante puede ser tratada como responsable ante el sistema penal, sin importar la veracidad de los hechos.

Como reacción a la vigilancia constante y las acusaciones, las personas usuarias desarrollan estrategias de autoprotección, como guardar silencio, reservar su declaración, buscar asesoría o estructurar sus respuestas de forma defensiva. Este fenómeno, al que GIRE llama creación de defensa, deriva en que las personas queden atrapadas en la dinámica del protocolo de criminalización, en el que persisten la percepción de culpabilidad y los mecanismos de vigilancia.

Este proceso también desplaza la atención de las necesidades de salud de las personas usuarias. Como se ven obligadas a enfocarse en gestionar cómo es interpretada su conducta, dejan de comunicar lo que requieren para su bienestar y priorizan la urgencia de protegerse frente a posibles procedimientos legales.

En el transcurso de esta situación, se llevan a cabo prácticas que vulneran el debido proceso y los derechos humanos de las personas usuarias; entre ellas, solicitarles que firmen documentos mientras están en una emergencia médica o condicionarles la provisión de atención adecuada a que otorguen una declaración. Estas acciones tienen consecuencias significativas, incluso si nunca se inicia un proceso penal, pues exponen a las personas usuarias a maltratos, humillaciones y violencia institucional. Por ello, puede afirmarse que la criminalización tiene efectos que trascienden la acción judicial.

Ámbitos de la criminalización

El protocolo de criminalización opera en tres niveles interrelacionados:

  1. Legal. A través de la amenaza de iniciar procesos penales y activar mecanismos del sistema de justicia penal.
  2. Médico. Mediante la imposición de prácticas negligentes o coercitivas que inciden en la forma de brindar la atención y vulneran la ética profesional.
  3. Social. A partir del impacto extendido de la criminalización sobre los familiares y las personas acompañantes, quienes también experimentan miedo, incertidumbre y restricciones en su vida cotidiana.

Debe subrayarse que la criminalización no afecta únicamente a las personas usuarias. También familiares y acompañantes experimentan efectos negativos, principalmente a través de la desinformación y el temor a las posibles repercusiones legales. Esta situación altera su vida cotidiana, generándoles miedo de salir de su casa, recibir citatorios o enfrentar procesos judiciales, incluso cuando no se ha cometido ningún delito.

Escenarios de atención médica

El fenómeno de la criminalización del aborto se puede entender mejor a partir de la comparación entre dos escenarios de atención:

  1. Atención médica sin estigma: se caracteriza por ser rápida, con información clara, basada en protocolos clínicos y sin interferencias legales o morales.
  2. Atención médica estigmatizante: incluye obstáculos y prácticas que generan intimidación, desinformación, vulneran derechos y, en muchos, casos impiden una atención efectiva.

Señalar que existe un protocolo de criminalización contribuye a hacer visible que cuando el estigma ingresa a los servicios de salud se convierte en un actor central que guía la práctica médica, transforma la atención en vigilancia y genera un círculo de sanciones, culpabilidad y defensa que afecta tanto a las personas usuarias como a quienes las acompañan.

En el siguiente diagrama se presenta una comparación entre el protocolo de atención médica y el protocolo de criminalización. El primero representa el cuidado que todas las personas usuarias deberían recibir al acudir a los servicios de salud con una necesidad obstétrica. El segundo desvía ese proceso al alargar el tiempo de resolución y, en algunos casos, termina por negar la atención requerida. Asimismo, el diagrama detalla los procesos de la creación de culpa y la creación de defensa que se desarrollan a la par del protocolo de criminalización.

Escenarios de atención médica

Gráfico que muestra dos escenarios. Uno sobre atención médica sin estigma y otro sobre atención médica estigmatizante
Para concluir
Ilustración de una hoja de papel arrugada

La información presentada en esta sección muestra que la penalización del aborto, incluso cuando es parcial —es decir, cuando lo limita a un número de semanas o a causales específicas—, es un obstáculo estructural para el ejercicio del derecho a la salud y a la salud reproductiva de niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de gestar. Incluir el aborto en los códigos penales no previene su práctica, pero sí genera un entorno de estigmatización, miedo y vigilancia que impacta de manera directa en el acceso a servicios de salud oportunos, seguros y de calidad.

GIRE ha atestiguado que el miedo a enfrentar consecuencias legales o a ser objeto de maltrato institucional inhibe que mujeres y personas con capacidad de gestar se acerquen —o incluso consideren acudir— a servicios de aborto en instituciones públicas. Además, el análisis de los casos que se han acompañado evidencia que la criminalización del aborto opera más allá del sistema de justicia penal. En los servicios de salud se manifiesta a través de prácticas como la imposición de los hechos, la negligencia médica, el mantener en estado de incertidumbre, la distorsión de la información clínica, la activación de procesos penales y las vulneraciones al debido proceso. Estas prácticas responden a dinámicas institucionales recurrentes —identificadas por GIRE como un protocolo de criminalización— que colocan en segundo plano la obligación del Estado de garantizar una atención integral, confidencial y libre de discriminación.

Asimismo, los hallazgos muestran que la criminalización se extiende al ámbito familiar, comunitario y social, donde el estigma asociado al aborto refuerza mecanismos de control, culpa y autocensura. Estas formas de criminalización social profundizan las desigualdades estructurales y afectan de manera desproporcionada a quienes enfrentan mayores barreras de acceso a la salud. Al restringir la autonomía reproductiva, no solo se vulneran derechos fundamentales, sino que también se expone a las personas gestantes a riesgos graves para su salud física y mental, pues se las obliga a enfrentar procesos de aborto en condiciones de inseguridad, incertidumbre y temor.

En este contexto, resulta indispensable que el Estado abandone el uso del derecho penal como herramienta para regular el aborto y avance hacia su despenalización total. Esta medida es necesaria para cumplir con las obligaciones constitucionales e internacionales de respetar, proteger, garantizar y promover el derecho a la salud, así como para erradicar prácticas institucionales que reproducen violencia y discriminación en los servicios de salud.

De manera complementaria, es urgente implementar políticas públicas dirigidas a transformar los sistemas de salud. Por un lado, mediante la capacitación obligatoria y continua del personal médico y administrativo en derechos humanos, perspectiva de género y atención no estigmatizante; por otro lado, a través del establecimiento de mecanismos efectivos de supervisión y rendición de cuentas. Además, es indispensable garantizar que ninguna persona sea denunciada, investigada o interrogada por razones relacionadas con la interrupción de su embarazo cuando busque atención médica.

Este estudio subraya la necesidad de fortalecer una cultura del derecho a decidir como eje de la política pública en materia de salud reproductiva. Visibilizar las consecuencias concretas de la criminalización del aborto permite desmantelar el estigma social, prevenir violaciones a derechos humanos y avanzar hacia un modelo de atención en salud que reconozca la autonomía reproductiva como un componente indispensable de la justicia social y la igualdad sustantiva.

GIRE alienta la distribución pública de la presente obra y de los datos de esta investigación, siempre que se reconozca y mencione su autoría. Esta obra no podrá ser usada con fines comerciales de ningún caso, su difusión es gratuita.

Fecha de elaboración: septiembre de 2026.

Ilustración de una bola de papel que contiene ejemplos de criminalización